La salvadoreña Lesly Ramírez fue condenada a 50 años de prisión por el delito de homicidio agravado al sufrir una emergencia obstétrica que le causó un aborto involuntario. En junio del 2020, la joven tenía 19 años y se encontraba entre las 37 y 40 semanas de gestación cuando, después de ir al baño en una letrina de su casa, sin saberlo, entró en labor de parto precipitado, expulsando a la criatura.
Cabe señalar que Lesly es integrante de una familia numerosa que vive en situación de pobreza, dedicada a la agricultura y que radica en un hogar donde no se cuenta con los servicios de agua potable ni energía. Además, es una chica que solo estudió hasta la secundaria y su educación sexual no es la que “se podría esperar”.
Lesly contó en su declaración que sentía que algo salía de ella, pero estaba oscuro y no logró ver lo que expulsaba. Seguido de esto, entró en pánico. Al ser hospitalizada, le realizaron tres transfusiones de sangre y, posteriormente, fue detenida.
Según los datos que la fiscalía presentó, se trataba de una niña que presuntamente nació viva y que luego falleció. Dos años después del suceso, la chica recibió la pena máxima, de 50 años en prisión, por considerar dicha emergencia como “homicidio agravado”.
En El Salvador se tipifican las emergencias obstétricas y los abortos involuntarios como “homicidio agravado” y se dan penas de hasta 50 años a pesar de que el Código Penal salvadoreño establece penas de hasta ocho años por abortar, práctica prohibida en este país.
Sin embargo, la Agrupación Ciudadana para la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico (Acdatee) busca apelar la condena, pues, según Morena Herrera, presidenta de la agrupación, la sentencia se basó “en meros prejuicios de género”.
Es la primera vez en la historia que se aplica la pena máxima (50 años) desde que se penalizó de manera absoluta el aborto. Mediante una apelación vamos a pedir la libertad, ella es víctima de una sentencia injusta.